NO A LA DEROGATORIA DE LA LEY N.° 29973
- Café Jurídico: Derecho & Sociedad

- 25 mar 2021
- 2 min de lectura
Actualizado: 12 nov 2021
Por: Lucero Marimar Rondinel Prado
Miembro del Cajders
El Proyecto de Ley denominado “Ley de la Persona en Situación de Discapacidad”, planteada en agosto del 2020 por la Comisión de Inclusión y de Personas con Discapacidad (CISPD), ha motivado el pronunciamiento de diversas organizaciones civiles, las mismas que cuestionan esta propuesta legislativa; puesto que, con ello se pretende derogar la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, poniendo en el riesgo las diferentes reformas en curso y atrasar la aprobación del Plan Nacional de Discapacidad para el Desarrollo.
La Ley General de la Persona con discapacidad fue dada por iniciativa legislativa, facultad de los ciudadanos a presentar propuestas de ley, en esa oportunidad acompañada con más de 80 mil firmas. Esta ley logró y permitió la implementación asertiva y oportuna de una perspectiva social, siendo la sociedad quien cumpla un rol fundamental, brindando la accesibilidad a las personas en situación de discapacidad, para que estos puedan desarrollar su vida con total autonomía. La derogatoria de la Ley General de la Persona con Discapacidad, implicaría dejar sin efecto todo lo conseguido hasta el momento acrecentando la situación de vulnerabilidad de todas las personas que presentan alguna discapacidad.
El nuevo Proyecto de Ley tiene como objetivo promover la vida independiente de las personas con discapacidad y los adultos mayores en situación de dependencia, pero mediante el “servicio de asistencia personal”, esto es –aparte de impreciso- perjudicial y asistencialista, dejando de lado la perspectiva social e inclusiva que tiene la Ley vigente. Este servicio de asistencia social, es la atención de las diversas necesidades que se les pueda presentar a las personas menos favorecidas, con la finalidad de mejorar la situación en la que se encuentran y brindarles los cuidados que requieran. Sin embargo, limita la participación activa de los familiares directos, toda vez que la familia debe ser considerada como apoyo imprescindible para las personas que presentan con alguna discapacidad; así como se evidencia esta omisión, existen otros vacíos que permite calificar este Proyecto de Ley como inconsistente y que vulnera aún más los derechos de esta población, mostrando un claro retroceso en sus reivindicaciones.
No se debe derogar la Ley N.° 29973 que reconoce los derechos de las personas con discapacidad, el mismo que es inclusivo e integrador. Cambiarla por una que no responde a las verdaderas necesidades de las personas con discapacidad y que de aprobarlo dejaría de lado la existencia de todo lo logrado hasta el momento, sería un retroceso que dejaría en un estado de desprotección a los que más lo necesitan; en realidad los esfuerzos deberían estar orientados a fortalecer los instrumentos con los que ya se cuenta y así darles la protección que requieren las personas con alguna discapacidad.

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